Fallo Destacado - Derecho de Familia

24.10.2021

Nueva Jurisprudencia - Violencia Económica de Genero

Cámara Civil y Comercial de Rosario, Sala I, del 7/09/2021

En un reciente fallo de la Sala I de Rosario, se condeno al demandado a abonar a su ex mujer conviviente, el equivalente al 40% del valor del inmueble de su titularidad, donde funcionaba la actividad comercial que sostenía a la familia mientras convivían.

Los convivientes llevaban juntos 27 años en familia.

En este sentido, aquellos reclamos de carácter patrimonial, efectuados con posterioridad al cese de la unión de hecho, en muchas ocasiones, encubren situaciones de violencia de genero, de tipo económica.

Usualmente este tipo de violencia de genero es femenina.

En consecuencia, y de ser necesario, se debe invertir la carga de la prueba, pudiendo presumirse que los ingresos obtenidos por la mujer, ciertamente suavizaron proporcionalmente los intereses económicos de su pareja conviviente.

A esto, habrá que adicionar además, las tareas domésticas y de cuidado personal de los hijos efectuados por la mujer, cuyo contenido económico hoy se encuentra reconocido por la normativa vigente.

Por ultimo, el Tribunal también valoró que la mujer aportó, con su trabajo físico a la obra, participando en forma personal en las tareas de construcción del inmueble; lo que evitó mayores erogaciones a los gastos familiares.

Todas las contribuciones referidas, los Jueces de la Excma. Cámara referida, consideraron que deben ser reconocidas a favor de la mujer ex conviviente.

Con esta resolución, se consagran una vez más, los derechos de la mujer como parte integrante de un sistema de derecho ecuánime y socialmente aceptado, cuyo objeto final es la equidad entre los cónyuges, frente a igualdad de condiciones.

Ver fallo completo en: victoriafamafamilias.blogspot.com