Validez de la Notificación

29.04.2022

Un reciente fallo de la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la resolución de primera instancia, en la que se había desestimado el planteo de la demandada acerca de la nulidad de la cédula de notificación en su domicilio, y su correspondiente redargución de falsedad del instrumento público.

La Cámara sostuvo que en el juicio no se encontraba controvertido que la cédula había llegado al domicilio de la accionada y que la misma fue recibida por "personal de seguridad". Es evidente, entendieron lo Camaristas, que si la cédula fue entregada a una persona dependiente de la demandada, la notificación adquiere plena validez. En ese sentido, entendieron que el accionar del oficial notificador interviniente se ajustó a las prescripciones legales que rigen en la materia y la notificación adquiere plena validez.

Manifestaron que la mera circunstancia que la cédula hubiera sido entregada al personal de seguridad del momento en la empresa, no modificaba el hecho efectivo de la notificación en términos legales, fundando los jueces su argumento en lo establecido en los arts. 140 y 141 del Código de Procedimiento en la materia, los que autorizan dicha práctica al oficial notificador.

Por último, los Camaristas resaltaron que el hecho que en la cédula se hubiere consignado "empleado" y no "seguridad" como refirió la demandada, "no cambia el resultado de la notificación, en tanto fue recibida por una persona que prestaba servicios a su cargo", adicionado a ello que "si la persona que recibió la cédula incumplió la entrega, tal circunstancia resulta ajena al marco del incidente de redargución y nulidad propuesta, pues no afecta la validez del acto cumplido".

Fallo. "Gustavo Quiroga EPM S.A. c/Asociación Civil Universidad Argentina John F. Kennedy s/Ordinario". 10/03/2022, en https://abogados.com.ar/si-la-cedula-fue-entregada-a-una-persona-dependiente-de-la-demandada-la-notificacion-adquiere-plena-validez/30101.